1.- Introducción

El presente documento establece las condiciones por las que se rige la solicitud de asociación como miembro a la CÁMARA DE COMERCIO DE LA REPUBLICA DOMINICANA (en lo sucesivo, la Cámara), a través de página Web www.ccrde.org  (en adelante, las "Condiciones").

Le rogamos lea atentamente las presentes Condiciones con anterioridad a la realización de su solicitud de inscripción y, en caso de duda con respecto a lo establecido en las mismas, se ponga en contacto con nosotros a través de la siguiente dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o a través de nuestro formulario de ContactoEn caso de cualquier tipo de discrepancia o contradicción entre lo establecido en las presentes Condiciones y lo previsto en los Estatutos Sociales de la Cámara, habrán de ser preferentemente considerado lo establecido en estos últimos.

Las solicitudes de alta que pudieran, en su caso, realizarse a través del presente Website se entenderán celebradas en España y se formalizarán en lengua castellana, rigiéndose por la legislación española.

2.- Objeto

Es objeto de las presentes Condiciones la regulación de los términos y condiciones por las que se regulará la solicitud de asociación a la Cámara a través del presente Website, así como de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación, y lo previsto en los Estatutos de la Cámara de Comercio de la República Dominicana en España.

Mediante la cumplimentación del formulario al efecto y una vez realizado el pago de la cuota correspondiente, la persona que realice la solicitud o, en su caso, la entidad a la que represente, adquirirá la condición de Asociado de la Cámara a todos los efectos y en función de la modalidad elegida, debiendo el nuevo Asociado proceder a partir de ese momento con el cumplimiento de sus obligaciones económicas.

Usted declara ser mayor de edad y disponer de la capacidad legal suficiente para vincularse, tanto Usted personalmente como, en su caso, a la entidad a la que represente.

Mediante la aceptación de las presentes Condiciones, Usted declara conocer, comprender y estar de acuerdo con el contenido de los Estatutos de la Cámara, reguladores del funcionamiento y organización de la misma, así como de los derechos y obligaciones que conlleva la ostentación de la condición de Asociado. Puede consultar el contenido de los Estatutos de la Cámara vigentes.

El Artículo 7 de los Estatutos de la Cámara establece lo siguiente:

“La calidad de Socio podrá adquirirse por aquellas personas, físicas o jurídicas, con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Cámara, o que hayan destacado en el desarrollo de las relaciones mercantiles entre República Dominicana y España, o ejerzan industria, profesión u oficio por el cual coadyuven de modo notable, a los objetivos de la Cámara, así como por aquellas otras personas que estén interesadas en los mismos fines”.

3.- Inscripción en la Cámara a través del presente Website.

Para la culminación del proceso de asociación, los Usuarios del presente Website, (en adelante, los Usuarios), deberán seguir las instrucciones que aparezcan en la pantalla de inscripción, rellenando los campos con los datos que en cada caso le sean requeridos a través de los formularios al efecto y conforme a lo regulado a través de nuestra Política de Privacidad.

Asimismo, si a la hora de cumplimentar el formulario, el Usuario hubiese cometido algún error tipográfico deberá ponerse en contacto con La Cámara, a través de los datos de contacto arriba mencionados.

La Cámara archivará el documento electrónico que de fe de la asociación efectuada y enviará electrónicamente una confirmación de la misma a la dirección de correo electrónico facilitada por el nuevo asociado a estos efectos.

Si como consecuencia del registro, se dotara al Asociado de una contraseña de acceso, éste se compromete a hacer un uso diligente de la misma y a mantenerla en estricto secreto. El Usuario es responsable exclusivo de la correcta custodia y estricta confidencialidad de cualesquiera claves, datos de acceso u otros elementos que le sean suministrados por la Cámara, y se compromete a no ceder su uso a terceros, ni temporal ni permanentemente. Será responsabilidad del Asociado toda utilización ilícita de los servicios prestados a través del presente Website por terceros ilegítimos que a tal efecto empleen una contraseña entregada al Asociado por la Cámara. La identificación y autentificación mediante un nombre de Usuario y contraseña hacen al Asociado poseedor de tal nombre de Usuario y contraseña, responsable total y único de los actos que se realicen con y mediante ese acceso a los servicios ofrecidos a través del presente Website.

Es obligación inexcusable del Asociado notificar de forma inmediata a los gestores de la Cámara respecto a cualquier hecho que permita o pueda permitir el uso indebido de las claves y/o contraseñas, incluyendo (pero sin limitarse a) el robo, el extravío y otras circunstancias similares. Mientras no se comuniquen a la Cámara tales hechos, ésta quedará eximida de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de un uso incorrecto, fraudulento, mendaz o doloso de tales claves y contraseñas.

4.- Modalidades de Asociación.

El artículo 9 de los Estatutos de la Cámara viene a establecer diferentes modalidades de asociación a la Cámara;

En el seno de la Cámara existirán las siguientes clases de Socios:

  1. Socios ordinarios: Podrán ser Socios de la Cámara las personas físicas y jurídicas que estén interesadas en las relaciones comerciales entre España y la República Dominicana, o que participan de manera ordinaria en los asuntos de la Cámara. Estos Socios ordinarios podrán ser personal/individual (Socio que interviene a título personal) o corporativo (empresa).
  2. Socios Protectores: Los Socios Protectores serán aquellos Socios que, más allá de la cuota ordinaria, contribuyen con una aportación económica especial adicional a la cuota social para el fomento de la Cámara y sus actividades.
  3. Socios Honorarios: A propuesta de la Junta Directiva, la Asamblea General de Socios podrán otorgar el título de Socio Honorario a todas aquellas personas que hayan contribuido con especial mérito al fomento de las relaciones comerciales entre España y República Dominicana o hayan contribuido de forma especial a la Cámara.”

 Siendo las condiciones económicas establecidas para las diferentes modalidades arriba detalladas:

TIPOS DE SOCIO

Una vez elegida la modalidad de asociación, los interesados habrán de ingresar la cuota correspondiente a la modalidad elegida en la siguiente cuenta bancaria titularidad de la Cámara: BANCO SABADELL CC/IBAN Nº: ES54 0081 0144 6100 0196 3608

5.- Derechos que confiere la condición de asociado

Una vez confirmada la condición de asociado a la Cámara, el artículo 12 de los Estatutos de la Cámara  los siguientes derechos:

“Los Socios Ordinarios y Protectores tendrán los siguientes derechos:

a) Tomar parte en cuantas actividades organice la Cámara en cumplimiento de sus fines;

b) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Cámara pueda obtener;

c) Participar en las Asambleas con voz y voto;

d) Ser electores y elegibles para los cargos directivos;

e) Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Cámara;

f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimento de los fines de la Cámara;

g) Recibir asesoramiento, protección y apoyo de la Cámara en materias de la competencia de ésta, así como a la utilización de sus servicios;

h) Impugnar los acuerdos de los órganos de la Cámara que estimen contrarios a la Ley o a los Estatutos.

Los Socios Honorarios tendrán los mismos derechos a excepción de los recogidos en los puntos c), d) y h). Sin perjuicio de lo anterior, y en relación al derecho recogido en la letra c), los Socios Honorarios podrán asistir a la Asamblea con derecho a voz pero sin derecho a voto.”

6.- Obligaciones

En virtud del Artículo 13 de los Estatutos de la Cámara, los socios se obligan al cumplimiento de las siguientes obligaciones;

“Los Socios Ordinarios y Protectores tendrán las siguientes obligaciones:

  1. Cumplir los presentes Estatutos, así como el Reglamento interno de la Cámara, en el supuesto de que existiera, así como los acuerdos válidos de las Asambleas y de la Junta Directiva;
  2. Abonar las cuotas anuales, periódicas o extraordinarias, que se fijen;
  3. Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen en la medida de sus posibilidades;
  4. Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen;
  5. Fomentar, en la medida de sus posibilidades, los fines de la Cámara.

Los Socios Honorarios tendrán las mismas obligaciones a excepción de las recogidas en los apartados b) y d).”

7.- Baja y Readmisión

El artículo 14 de los Estatutos de la Cámara establece las causas por las se perderán la calidad de asociados; 

“La calidad de Socio se perderá por alguna de las siguientes causas:

  1. por incumplimiento reiterado de las obligaciones económicas asumidas en su condición de Socio, sean de cualquier índole. El Socio tendrá derecho a ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado por acuerdo motivado de la Junta Directiva y será notificado expresamente al interesado;
    1. por baja voluntaria a petición del Socio, comunicada a la Junta Directiva;
    2. por comprometer el buen nombre y objetivo de la Cámara con una conducta incorrecta o atentando de forma reiterada, contra las normas estatutarias o reglamentarias.

Para la baja de Socio en el caso previsto en la letra c) de este Artículo, será necesario el voto de los dos tercios de los miembros de la Junta Directiva, y ello previa audiencia del Socio; caso de no comparecer éste, se le considerará dimitido.”

Para el caso de readmisión de los socios, el Artículo 15 de los Estatutos de la Cámara contempla que la Junta Directiva pueda acordar la readmisión de los Socios que hayan causado baja.

8.- Información Adicional

Para cualquier información adicional o aclaración respecto al contenido de las características del proceso de asociación y de los derechos conferidos por cada clase de asociado, puede contactar con La Cámara en la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o bien telefónicamente en el (+34) 914264050.

9.- Legislación aplicable y Jurisdicción

El uso del presente Website, así como las solicitudes de asociación realizadas a través del mismo, se regirán por la legislación española.

Cualquier controversia que surja o guarde relación con el uso de la página web o con dichos contratos será sometida a la jurisdicción no exclusiva de los juzgados y tribunales de Madrid.

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